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contestación de citación a descargos
Asignatura: derecho procesal civil
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Universidad: Corporación Universitaria Rafael Núñez
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Barranquilla 8 de febrero del 2021
CONTESTACION DE EXPLICACION.
Conforme a lo establecido en el ARTICULO 75 del RIT. Establece el procedimiento
para iniciar el proceso disciplinario donde se me otorgan 3 días hábiles para dar
explicación y procedo a responder dentro de los términos cada una de las
preguntas.
1.R) Si es cierto, esta afirmación toda vez que se encuentra en el artículo 62 del
RIT NUMERAL 1., Pero es importante resaltar que mi actuación no obedece a este
causal toda vez que me encontraba incapacitado por EPS.
2.R) Si es cierto, esta afirmación toda vez que se encuentra plasmada en el RIT, es
importante manifestar que no incurrí en incumplimiento del mismo; toda vez que
in forme dentro de los límites establecidos y para ser más precisos el día 1 de
febrero del 2021, le informé a la Doctora Nathalie Baena Seales funcionaria de
Brinks encargada de Riesgos en el trabajo, sobre mi incapacidad desde día 1, 2 y 3
de febrero del 2021, por medio de WhatsApp al número corporativo de Brinks
asignado a la misma.
3.R) NO es clara la pregunta, evidentemente tiende a ser auto incriminatoria por
tal motivo no la responderé, pues no es clara y carece de fundamento sobre la
explicación de la presunta falta.
4.R) No es clara la pregunta, debido, a que, la obligación del que habla el capítulo
XI sobre: SERVICIO MEDICO, MEDIDAS DE SEGURIDAD, RIESGOS LABORALES,
PRIMEROS AUXILIOS EN CASO DE ACCIDENTES LABORALES, NORMAS SOBRE
LABORES EN ORDEN A LA MAYOR HIGIENE, REGULARIDAD Y SEGURIDAD EN EL
TRABAJO, toda vez que esta obligación como lo estable en diferentes artículos de
la misma es una obligación tanto del trabajador como de la empresa tal cual lo
expresa el artículo 50. Es obligación de la empresa velar por la salud, seguridad e
higiene de los trabajadores a su cargo. Igualmente, es su obligación garantizar los
recursos necesarios para implementar y ejecutar actividades permanentes en
medicina preventiva y del trabajo, y en higiene y seguridad industrial de
conformidad con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo con el
objeto de velar por la protección integral del trabajador. Los servicios médicos que
requieran los trabajadores se prestarán por la E.P.S y/o A.R.L. a través de la I.P.S.
que tengan asignada. En caso de no afiliación, la prestación de los servicios
médicos estará a cargo de la empresa, sin perjuicio de las acciones legales
pertinentes.
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