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Modulo U1 2021

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Auditoría I

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Año académico: 2020/2021
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AUDITORIA 1

ÍNDICE

UNIDAD 1

UNIDAD I – MARCO CONCEPTUAL Y NORMATIVO DE UDITORIA................................................ INTRODUCCIÓN...................................................................................................................... 03 1 ENTE ............................................................................................................................ 04 1 CONTROL ...................................................................................................................... 05 1 AUDITORIA: ................................................................................................................... 14 1 NORMAS DE APLICACIÓN A LA PRACTICA DE LA AUDITORÍA.............................................. 17 1 ENTIDADES PROFESIONALES.......................................................................................... 18 1 REGIMEN SANCIONATORIO............................................................................................. 20 1 NORMAS PROFESIONALES DE AUDITORÍA DE LA FACPCE: TIPOS DE NORMAS................... 21 1 NORMAS DEL INSTITUTO DE AUDITORES INTERNOS DE ARGENTINA (I.A.I)...................... 22 1 NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA................................................................... 23 1 MAPAS CONCEPTUALES DE LA UNID............................................................................

REFERENCIAS DE ÍCONOS

Actividad en el Foro.

Actividad de Reflexión no obligatoria.

Actividad Grupal.

Actividad Individual.

Trabajo Práctico Actividad Obligatoria. Debe ser enviada para su evaluación.

Atención.

Audio

MÓDULO AUDITORIA 1

AUDITORIA 1

Bibliografía. Lecturas Complementarias.

Glosario.

Página web – Internet.

Sugerencia.

Video

Versión 2021 Elaborado, revisado y renovado por C.P Marcela Alejandra Figueroa Material de Uso exclusivo para la enseñanza de Auditoría 1 en la Carrera de Contador, 4 to año, FEA UCASAL. Requiere complementarse con la Bibliografía contenida en el Programa Oficial 2021.

AUDITORIA 1

Las más conocidas son dos (2):

  • Auditoría Interna
  • Auditoría Externa de Estados Contables o Financiera. En Auditoría 1, Plan 2015 de la carrera de Contador, estudiaremos la Auditoría interna la cual, a su vez, se compone de dos (2) tipos de auditoría: -Auditoría Interna propiamente dicha,
  • Auditoría Interna Operativa. En Auditoría 2 –correlativa de Auditoría 1- se estudia la Auditoría Externa de Estados Contables o Financiera.

1. ENTE.

Ente: Definición

En Auditoría 1, “Ente” equivale al concepto de Sujeto auditable.

Existen muchas definiciones de ENTE. Para nuestra materia AUDITORIA 1 utilizaremos la siguiente:

“Unidad económico-social, compuesta por recursos humanos, materiales, técnicos, y el know how de la actividad. Estos recursos se organizan bajo una unidad de dirección, y con una misión u objeto de contenido económico que define su existencia, y una visión que proyecta la maximización de sus resultados”

Los elementos resaltados son la esencia existencial de un ENTE. Cada uno de ellos tiene incidencia en la labor del auditor:

  • Unidad económico-social: En auditoría se concibe como un Sistema operante.
  • Recursos humanos, materiales, técnicos y el “know how”: Son los componentes del Sistema operante, que luego se organiza y coordina en distintos Sub sistemas.
  • Unidad de dirección. La Alta gerencia y su esquema de mando en los distintos niveles de la organización, definidos como la administración del ente.
  • Misión u objeto del ente: Se refiere al objeto por el cual existe ese ente. La administración debe organizar la operatoria del ente para lograr éste objeto. Está focalizada en la eficacia de la gestión y en evitar desvíos o fallas indeseables que impidan el logro del objeto. Por eso, éste concepto es muy importante en la Auditoría Interna, basada en el análisis de los riesgos que amenazan la misión del ente, y la búsqueda de la eficacia para lograr seguridad razonable en la gestión.
  • Visión del ente: Se refiere a lograr una administración eficiente del ente, para maximizar los resultados posibles para ese ente, y afianzar el logro de su objeto. Al estar focalizado en la eficiencia de la gestión y en la maximización de los resultados positivos, éste concepto está íntimamente relacionado con la Auditoría Interna Operativa, basada en la eficiencia de la gestión.

Si bien, el enfoque de Auditoría está dirigido en mayor medida a las organizaciones con fines de lucro, también aplica para los entes sin fines de lucro del ámbito privado únicamente.

AUDITORIA 1

Con respecto a los entes del Sector Público, también son auditables pero bajo normas y reglamentos que son dispuestos por la Ley de Administración Financiera nacional Nº 24 de Administración Financiera. En su auditoria, intervienen organismos tales como la Auditoría General de la Nación y la Sindicatura General de la Nación. Esta norma nacional tiene su correlato en leyes que se aplican a nivel de las provincias, para la auditoría interna en el Sector Público provincial y municipal, respectivamente.

Tipos de Ente

Hasta este punto de avance, con respecto a los tipos de entes es importante comprender: cualquier tipo de ente, cualesquiera sean sus características, es susceptible de una auditoría interna.

La cuestión es definir si es un ente público o uno privado. Ello porque las normas y/o estándares de auditoría interna que deben aplicarse son diferentes.

Por último, en ésta materia se aborda la auditoría interna en el ámbito privado, exclusivamente.

Concepción del Ente bajo la teoría de sistemas

El enfoque de la teoría de los sistemas es de suma importancia en la práctica de la auditoría interna. Esta teoría concibe al ENTE como un “Sistema Operante”, que se articula con diversos subsistemas internos, que con su funcionamiento le dan vida a través de las operaciones, e influyen con su accionar los unos en los otros, de manera dinámica y retroalimentada. Ejemplo: En el circuito de compras, el área de Compras interactúa con el área de Almacenes e intervienen las áreas Administrativo contable y Financiera. Todas cumplen un rol específico, e intervienen en el proceso para que se perfeccionen las compras del ente.

La “Teoría de los Sistemas”, empleada en el campo de la administración de los negocios, fue incorporada a la profesión contable – específicamente en AUDITORIA- por el Dr. Horacio López Santiso, doctrinario y referente profesional destacado en Argentina. El Dr López Santiso trabajó éste enfoque, publicando sus resultados en el ámbito del CECyT y la FACPCE (Informe Nº 1 de la FACPCE).

1 CONTROL

Concepto El “control”, en el estudio de la Auditoría contable, debe analizarse teniendo en claro la siguiente distinción:

El Control administrativo es diferente del Control que se ejerce en Auditoría interna.

La Administración de cualquier ente se lleva adelante a través del ejercicio de las siguientes funciones:

  • Planificación
  • Organización
  • Coordinación
  • Dirección
  • Control (administrativo)
AUDITORIA 1

Todas esas definiciones de los mandos medios se bajan a través de pautas a los niveles de mandos inferiores (Jefaturas / Supervisores).

Y éstos son los responsables de comunicarlos y hacerlos cumplir a los empleados, a través de pautas operativas obligatorias.

Esto demuestra que el control administrativo o interno está presente en todos los niveles de la estructura organizativa del ente, y les cabe a todos los actores del ente, según el rol que ocupen en los distintos niveles de la organización.

ATENCIÓN

El control les concierne a todas las personas que actúan en el ente. La diferencia está en las cuotas de responsabilidad que tienen en el Control interno; según su posición en la estructura organizativa del ente y el rol que cumplen. Pero todos tienen su participación en el control administrativo o interno.

Gracias a la Teoría de Sistemas, los contadores debemos concebir al ENTE como un Sistema Operante, que se integra y articula con Subsistemas. Estos subsistemas coinciden con los diferentes procesos que definen la operatoria y gestión del mismo. La definición de los procesos depende del tipo de ente que se trate.

Por ejemplo, en una Empresa comercial:

  • Los procesos principales del ente serán: Ventas, Compras, Finanzas, Almacén, Personal, Logística y distribución, etc.

-Los procesos de apoyo serán: Seguridad y vigilancia, Limpieza, Contable, Sistemas e informática, etc.

Cada uno de los procesos es importante para una operatoria eficaz. Y en cada uno de ellos existe un monitoreo permanente, a través del Control administrativo interno. Ese control, cuando es eficaz, permite identificar los desvíos o fallas indeseables. Y, una vez detectados esos desvíos, el propio proceso debe arbitrar los mecanismos para corregirlos y evitarlos en lo sucesivo.

ATENCIÓN

Control administrativo interno - Es óptimo o eficaz cuando:

-En cada proceso identifica los desvíos o fallas indeseables. Mecanismo detectivo.

-Arbitra los mecanismos para corregirlos y evitarlos: Mecanismo correctivo.

Entonces, el Control administrativo o interno forma parte del Sistema Operante, y atraviesa a cada uno de los procesos o Subsistemas operantes.

De ésta forma, dentro del ENTE opera un “Sub Sistema de Control Interno” que está presente en el funcionamiento de cada uno de los subsistemas operantes con los cuales opera el Sistema operante Ente.

AUDITORIA 1

La fortaleza de un buen Sub Sistema de Control Interno administrativo se materializa en dos (2) mecanismos presentes en su funcionamiento:

a) Mecanismo DETECTIVO: Cuando el Sub Sistema de Control Interno promueve el cumplimiento efectivo de todas las normas que define la Alta Dirección, denominadas “políticas del ente”. Estas normas de la Administración superior son las que, al descender en los niveles inferiores de la estructura organizativa, se van concretando en Estrategias, planes, programas, tareas que deben cumplirse el ciclo operativo elemental (Compras, Ventas, Pagos, Cobros) y toda otra gestión operativa del ENTE. Un buen control interno administrativo debe ser capaz de detectar sus propias fallas o desvíos, presentes en las áreas que articulan los procesos principales y los de apoyo. Cada uno de esos procesos tiene un responsable máximo, quien debe marcar la importancia del buen funcionamiento de esa área, y el cumplimiento de las normas y pautas internas. Si un área no detecta sus propios errores, entonces otras áreas que interactúan con ésta deberían advertirlas y reportarlas. Ejemplo: En el actual contexto de pandemia, es política de la empresa que todo el personal concurra con un barbijo institucional debidamente colocado, y lleve otro de repuesto; el cual debe exhibir al guardia a la entrada en las instalaciones de la empresa. De lo contrario, no podrá ingresar hasta que no cuente con el barbijo de repuesto. Si el guardia de la entrada no detecta que el personal concurre sin el barbijo de repuesto, cada uno de los jefes de ese personal controlará que tengan colocado el barbijo durante toda la jornada laboral. Y si requieren cambiarse el barbijo, y no poseen un barbijo de repuesto para hacerlo; el jefe de ese empleado deberá solicitarle que se retire de las instalaciones de la empresa, hasta tanto cuente con un barbijo de repuesto como marca la norma definida –como política- por la empresa. Conclusión: El responsable principal del control (guardia de la entrada) falló en su control. Sin embargo, el Jefe responsable de ese empleado que ingresó sin el barbijo de repuesto, detectó la falla y la reportó. El mecanismo detectivo de fallas funcionó en éste ejemplo.

b) Mecanismo CORRECTIVO: Es aquel que actúa después del mecanismo detectivo. Implementa las medidas para su inmediata corrección, y dispone mecanismos para prevenir la ocurrencia de fallas a futuro. Continuación del Ejemplo anterior: Si el empleado que fue invitado a retirarse de la empresa por no contar con el barbijo de repuesto no regresa a su puesto de trabajo dentro de la media hora posterior a su retiro, el Jefe inmediato superior deberá reportar la novedad al área de Personal para que proceda en la medida disciplinaria que corresponda. Además, deberá informar al área Administrativo contable que el guardia de turno no controló el acceso de ese empleado sin su barbijo de repuesto, a efectos de llamar la atención del área de Vigilancia y Seguridad por ese guardia en particular. Conclusión: El Jefe que detectó el desvío lo reportó al área de personal y al área administrativo contable para que apliquen las medidas disciplinarias correspondientes al empleado y al guardia que infringieron las normas derivadas de la política de bioseguridad en la empresa, durante la pandemia. Tanto el empleado como el guardia tuvieron el correspondiente llamado de atención por esa falla.

El Control profesional del auditor interno es diferente del control interno administrativo.

ATENCIÓN

Es muy importante tener bien claro que el Control administrativo del Ente no es el mismo Control que ejerce el Auditor interno, en su práctica profesional independiente y escéptica.

AUDITORIA 1

Elementos del Control Interno del Ente Hay estudios de gran calidad que han estudiado los elementos de un buen control administrativo interno. Uno de esos estudios es el realizado por el Informe Coso.

El Informe Coso es una bibliografía esencial para el estudio de la Auditoría interna. Porque muestra el estándar o el modelo al que se debe orientar a cualquier control interno administrativo para que logre ser eficaz y óptimo. Un Control interno administrativo óptimo sienta las bases para una operatoria con seguridad razonable en su funcionamiento.

SUGERENCIA

Ingresa al siguiente sitio web, para introducirte al tema Informe Coso aec/web/guest/centro-conocimiento/coso

Ese tema será abordado en la Unidad II.

Otro estudio sobre los elementos del Control interno administrativo fue desarrollado por la profesión argentina, dentro del Centro de estudios científicos y técnicos CECyT, integrante de la FACPCE (Federación argentina de Consejos profesionales de Ciencias económicas).

El referido estudio se encuentra en el Informe Nº 5, llamado Manual de Auditoría, cuyos autores son los doctores Cayetano MORA y Antonio LATUCCA.

Si bien éste Manual está dirigido a los auditores externos de estados contables (Auditoría financiera), ya dijimos que –como técnica profesional de control- es única.

La relevancia para el estudio de la los citados autores revalorizaron en su trabajo de investigación un modelo diseñado por los autores Johnson, Kast y Rosenzweig en su libro “Teoría, integración y administración de sistemas”, Editorial Linusa Willey SA (México, 1970).

Así se muestra la influencia importante de la Administración en la Auditoría.

Sin embargo, hay que recalcar que la Auditoría como técnica es UNA. Y la cita del Informe 5 del Cecyt es perfectamente aplicable para los contenidos abordados en éste Módulo.

El análisis sobre los Elementos del control interno administrativo, según el Manual de Auditoría del CECyT, se ilustra en el siguiente esquema:

AUDITORIA 1

Conforme los elementos del Control interno administrativo definidos por éste esquema, analizamos cada uno bajo la perspectiva de la auditoría interna:

Objeto de Control: En auditoría interna, el objeto de control es el control interno administrativo. El auditor interno evalúa si ese control interno administrativo cuenta con mecanismos detectivos y correctivos, para actuar en forma autónoma, para detectar y corregir las fallas y los desvíos en su funcionamiento. La finalidad del auditor interno es hacer las recomendaciones necesarias para que ese control interno administrativo se fortalezca en sus mecanismos detectivos y correctivos; para ser cada vez más eficaz y operar con un grado de seguridad razonable satisfactorio.

  1. Sistema Operante - Subsistemas (principales, de apoyo) – Subsistema de control interno operante: En Auditoria interna, el sistema operante es el Ente, considerado en su conjunto. El sistema operante (Ente) se pone en marcha por el funcionamiento de los subsistemas representativos de los procesos principales (Ventas, Compras, Almacén, Finanzas, Personal, Logística y distribución) y de apoyo de la gestión del ente (Seguridad y vigilancia, Contabilidad, Sistemas e informática, Limpieza). Cada uno de los subsistemas representa un proceso operativo en el ente, y se asocia con un área o subsistema del ente. Todos los subsistemas tienen una relación con los demás subsistemas o áreas del ente. Y todos poseen una cuota de participación en el control interno administrativo; que se integra como un rompecabezas en la operatoria del ente, y que tiene su incidencia en el Subsistema de control interno administrativo operante.

Gráficamente:

Objeto

del

control

Sistema Operante

Sensor

Grupo de Control

Grupo Activante

1
2
3
4
AUDITORIA 1

Lo deseable es que el Sub sistema de Control interno se refleje, como si se parase frente a un espejo, en el Sub sistema de información contable. Sin embargo, esa situación no se verifica en la práctica. El auditor interno debe contribuir a que esa paridad se logre, con el tiempo.

  1. Sensor: Es el elemento –documental o registral- que sirve para medir el comportamiento o rendimiento del Sistema Operante. En Auditoría interna, los Sensores son los elementos documentales o registrales que se confeccionan como contrapartida de las actividades de los subsistemas operantes. Son sensores los Documentos comerciales, los comprobantes internos, los registros contables y extra contables, los contratos, el sistema de autorizaciones que organiza la gestión de la empresa, los Estados Contables actuales y de ejercicios anteriores, y todas las leyes y normas que regulan su funcionamiento en el ámbito donde se desempeña el Sistema operante. Dentro de éste último elemento, el de las leyes y las normas, deben considerarse incluidas las normas internas y pautas de trabajo que son dispuestas por las autoridades del ente y que deben ser acatadas obligatoriamente por todos los agentes del ente. Los sensores contienen rastros de que el control interno operante se cumple. Ejemplo: En el área de Finanzas, una pauta obligatoria es que los cheques para el pago de proveedores se emitan nominados y con doble firma, tanto del Jefe de Finanzas y el Tesorero. Entonces, en sensor en este ejemplo es el cheque. Y el cumplimiento de la norma de control interno se da por cumplida cuando: - Los cheques de pago están nominados, con el nombre del proveedor, - En el cuerpo del cheque se observan las dos firmas (del Jefe de Finanzas y el Tesorero). La observancia de esas dos condiciones representan los “rastros” del control interno operante. Y esos rastros son “pistas” para el auditor interno.

  2. Grupo de Control: Es el grupo, unidad o equipo de control, que compara los datos medidos con el rendimiento planeado. Es el que determina la necesidad de corregir acciones o conductas nocivas, erróneas o desviadas; y pone remite la información que refleja esos resultados a los niveles o personas con la capacidad de tomar las decisiones necesarias para que las medidas correctivas sugeridas se implementen y sean acatadas por todas las personas a las que les atañe tales disposiciones. El Grupo de control, si analizamos el Control que ejerce la administración del Ente, estará integrado por cada uno de los responsables de los Subsistemas operantes dentro del Ente. Serán los jefes, supervisores, encargados de cada uno de esos Subsistemas. El Grupo de control, si consideramos el Control profesional, independiente y escéptico que ejerce el Contador, será el Auditor y su equipo de trabajo. En el gráfico de la página 12, cada responsable de cada subsistema operante es, en sí mismo, un grupo de control.

  3. Grupo Activante: Es el grupo que promueve y requiere el control y sus resultados. Puede enfocarse en el control administrativo inherente al Sistema operante, o también en un control externo al Sistema operante. Es el grupo que tiene la capacidad de tomar las decisiones necesarias para implementar medidas correctivas. En éste grupo se encuentra la denominada “Alta gerencia”. Suele coincidir con los propietarios del ente, sobre todo en empresas familiares o de pequeña o mediana envergadura.

AUDITORIA 1

1 AUDITORIA

Etimología Deriva del latín, de la voz “audire”, que significa “oír”. Ya se analizó en la introducción del presente módulo.

Hasta aquí analizamos al Control con sus dos perspectivas: -Control administrativo interno, definido como una de las funciones típicas de la administración del ENTE.

  • Control profesional, independiente y escéptico, de incumbencia exclusiva del contador, que representa el ejercicio profesional de la auditoría contable.

En el control interno administrativo, la Alta gerencia define las políticas; y luego los niveles jerárquicos inferiores de la estructura administrativa las van bajando hacia los niveles inferiores a través de las estrategias, los planes, los programas y las pautas de trabajo, las cuales deben ser acatados por todos los agentes del ente.

Todos los actores tienen su cuota de participación y de responsabilidad en la construcción del control interno administrativo, en la medida del rol que cumplen en el ente. A mayor ubicación en la estructura organizativa, mayor cuota de participación en el control interno administrativo.

La Condición de Independencia La auditoría se basa en el Control profesional, independiente y selectivo, ejercido por un contador. Por incumbencia profesional, el contador es el único profesional en Ciencias Económicas habilitado para actuar como Auditor (Ley 20/73). El auditor interno también requiere, para su ejercicio, de la independencia con respecto al ente auditado. La independencia debe ser tanto real (actitud mental escéptica y objetiva para ejercer la auditoría) como aparente. La independencia es la condición esencial que garantiza un criterio profesional y un asesoramiento objetivo y de calidad. De lo contrario, se estaría vulnerando la confiabilidad con respecto a los resultados de la auditoría, porque al faltar la independencia, existe un condicionamiento de los resultados de la auditoría a finalidades distintas a las regladas por la ley de ejercicio profesional. La INDEPENDENCIA del contador que ejerce la práctica de AUDITORÍA implica su CONVICCIÓN MENTAL DE OBJETIVIDAD con relación a los aspectos controlados (INDEPENDENCIA REAL).

Y, además, requiere una CONDUCTA del contador que proyecte una IMAGEN DE OBJETIVIDAD, y que ésta sea percibida por los demás (INDEPENDENCIA APARENTE).

De no estar presente la INDEPENDENCIA REAL Y APARENTE en la práctica del Contador en su labor de AUDITORÍA, se pierde la utilidad del servicio técnico profesional, se vulneran normas técnicas profesionales y legales que regulan su ejercicio, y se incrementa el Riesgo tanto para el Contador como para el ENTE que lo contrata.

En el caso de la Auditoría Interna, y como se verá más adelante, el Auditor Interno suele estar integrado física y operativamente al Ente. Sin embargo, su permanencia en las instalaciones del Ente o su vínculo más cotidiano o rutinario con el ente y su personal puede significar la pérdida de su independencia profesional.

AUDITORIA 1

El escepticismo profesional es una conducta que incluye la capacidad de evaluar críticamente la idoneidad y suficiencia de la evidencia de auditoría. Abarca tanto la información que sustenta y corrobora las aseveraciones hechas por la Administración en la etapa del Relevamiento general, como así también a aquella información que las contradiga.

También, incluye la habilidad de identificar y responder ante indicaciones de incorrección material, de sacar conclusiones apropiadas a partir de los datos recolectados y de ejercer con responsabilidad profesional en todo momento.

Por otra parte, el escepticismo profesional es un rasgo esencial que contribuye a la independencia del auditor, e incluye el acercamiento y evaluación crítica de la información obtenida y de los documentos que la respalden o contradigan.

Como se mencionó anteriormente, el escepticismo profesional incluye la evaluación crítica de la evidencia de auditoría. Esto significa cuestionar y considerar la suficiencia y competencia de la evidencia de auditoría, obtenida en relación con las circunstancias específicas del encargo.

Las Normas Internacionales de Auditoría (IAAs) que emite el IAASB (Instituto Americano de Normas de Auditoría Contable) reconocen explícitamente la importancia fundamental del escepticismo profesional. Volvemos a recalcar que estas normas se dictaron para las Auditorías externas, pero aplican perfectamente también para las Auditorías Internas.

El Profesor Arnold Schilder, Presidente de la IAASB afirma: “la adopción y la aplicación de una mentalidad escéptica es -en última instancia- una responsabilidad personal y profesional de cada auditor. El escepticismo profesional es parte integral del conjunto de habilidades del auditor y está estrechamente interrelacionado con los conceptos fundamentales de independencia del auditor y juicio o criterio profesional. Además, el escepticismo profesional contribuye a la calidad de la auditoría.

GLOSARIO

El término “escepticismo” es propio de la Auditoría. Se utiliza para verbalizar la actitud que debe estar siempre presente en la conducta del contador auditor. Es una palabra técnica que debes incorporar a tu vocabulario como futuro profesional, es decir, a tu glosario.

PAGINA WEB - INTERNET

Referencias: TEXTO ADAPTADO DEL PUBLICADO SEGÚN FUENTE: auditool/blog/auditoria-externa/5411-el- escepticismo-profesional-hacia-una-definicion-completa

En base al texto analizado, el Escepticismo Profesional es un concepto subyacente en las Normas Técnicas Profesionales de AUDITORÍA EXTERNA en nuestro país, aplicable por extensión a la Auditoría Interna. Ello porque, si bien no está explícito, sí es necesario para garantizar un trabajo profesional de calidad.

AUDITORIA 1

El escepticismo está íntimamente relacionado con la condición básica y elemental para la AUDITORIA, que es la INDEPENDENCIA REAL Y APARENTE del Contador Auditor.

También es un factor determinante en la medida de la confiabilidad en el dictamen profesional, el desarrollo de un sólido Criterio Profesional y la minimización del Riesgo que se desprende de la práctica de la Auditoría.

Un desafío del Contador es desarrollar y aplicar un saludable Escepticismo Profesional para todas sus prácticas profesionales, no solo para Auditoría.

1 NORMAS DE APLICACIÓN A LA PRÁCTICA DE LA

AUDITORIA

Legislación Nacional

La Ley Nacional que regula el ejercicio profesional en Ciencias Económicas es la Nº 20/73. Fue promulgada durante el gobierno de Héctor Cámpora, y entró en vigor poco después de su renuncia a la Presidencia, el 23/7/1973.

Su articulado se divide en dos Títulos. En el TITULO I se define que se entiende por profesional en Ciencias económicas, se enumeran las ramas de las profesiones y sus competencias profesionales, que condiciones de ejercicio debe poseer el graduado, las reglas para el uso del título, las penalidades y sanciones disciplinarias y el ejercicio de la función pública. En su TITULO II, la Ley define el marco normativo para los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, sus funciones de contralor y las pautas que deben considerar para el control del ejercicio profesional de sus matriculados.

TITULO I

  • Los profesionales comprendidos en el alcance de la ley son: Licenciado en Economía, Licenciado en Administración, Contador, Actuario.
  • Es condición necesaria para el ejercicio profesional la matriculación ante el Consejo Profesional de la jurisdicción correspondiente.
  • Se consideran actos sujetos a la ley el ofrecimiento o realización de servicios profesionales; las funciones derivadas de nombramientos judiciales de oficio o a instancia de parte; la emisión de informes u opiniones técnicas.
  • Solo pueden utilizar el título profesional las personas físicas.
  • Las asociaciones profesionales solo pueden publicitar servicios cuando todos sus asociados se encuentren matriculados.
  • Los profesionales que actúen sin matricularse serán pasibles de multa.
  • Se necesita título de contador para: preparar, analizar y proyectar Estados Contables; Revisar la contabilidad y la documentación de respaldo; Organizar contablemente un ente; Formular e implementar políticas y procedimientos contables; Implementar sistemas de información contable; Intervenir en operaciones de transferencias de fondos de comercio; Intervenir junto a los letrados en contratos sociales y estatutos, suscribir estados contables al solo efecto de identificarlos con su dictamen para ser presentado a terceros.

TITULO II

  • Se regula la función y atribuciones de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Se les asigna el control del cumplimiento de la Ley, y de crear y administrar el padrón de matrículas de los graduados.
AUDITORIA 1

No tiene la facultad de administrar el padrón de matriculados, sino prestarles servicios de índole social, sanitaria, gremial o asistencial. Dictan las Resoluciones concernientes a sus fines gremiales, sociales y asistenciales. En el mes de Enero de 2020 -más precisamente el día 17/01/2020- se constituyó el Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Salta, a partir de un grupo de profesionales que gestionaron su conformación. Este Colegio integra la Federación de Colegios de graduados de Argentina, y su primera comisión directiva está presidida por un Contador, Don Sergio Armando Simesen de Bielke.

Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Normas que emiten. Obligatoriedad

La Federación, en adelante FACPCE, es una organizaciones de segundo grado, conformada por los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas de las Provincias o jurisdicciones del país, federados o adheridos.

Esta Federación es la que lleva adelante la tarea de investigación técnica y propone las normas contables profesionales. Recibe de los Consejos la delegación de ésta tarea.

Tiene en su estructura un órgano de investigación, el Centro de Estudios Científicos y Técnicos (C.E), el cual tiene por objeto realizar estudios y trabajos vinculados a la actividad profesional en áreas tales como: economía, administración tributaria, contabilidad, auditoria, trabajos especiales y formación profesional.

Los trabajos de investigación del CECyT se difunden a través de Informes, que se someten a la consideración y opinión de los profesionales y de otros actores sociales del contexto nacional, pero ajenos al ámbito profesional.

En base al grado de aprobación de éstos Informes, y cuanto la voluntad mayoritaria así lo define, un Informe del CECyT puede convertirse en Resolución Técnica.

Estas Resoluciones Técnicas de la FACPCE se elevan a la consideración de cada Consejo Profesional de las distintas provincias o jurisdicciones; quienes conservan la potestad indelegable de adherir y ratifica las Resoluciones Técnicas propuestas por la FACPCE.

Cuando cada jurisdicción aprueba en forma total o parcial una Resolución Técnica de la FACPCE, recién en ese momento ésta norma adquiere el carácter de obligatoria para los matriculados. Además de Informes y Resoluciones Técnicas, la FACPCE también elabora otras normas tales como: Recomendaciones técnicas e Interpretaciones, las cuales tienen por objeto brindar un enfoque práctico de las cuestiones abordadas.

Federación Argentina de Colegios de Graduados en Ciencias Económicas. También constituye una Organizaciones de segundo grado, cuyas siglas son F.A.C.G.C Nuclea a los Colegios de Graduados de las distintas jurisdicciones, y se ocupa del abordaje federal de cuestiones relacionadas con las áreas sociales y mutuales de la matrícula.

AUDITORIA 1

1 REGIMEN SANCIONATORIO PENAL VINCULADO AL

EJERCICIO PROFESIONAL DEL AUDITOR

El Código Penal.

El Código Penal (Ley Nº 11/21) dispone en su artículo 300 inc. 3 la penalidad por la participación profesional en la emisión de un balance falso, procediendo a su certificación profesional.

En el mismo Código, artículo 45, se define participación criminal por colaborar en la preparación del Balance Falso.

Y en el artículo 72 se habla de la estafa por la difusión de información falsa. Este título es de aplicación –casi exclusiva- para el auditor externo de estados financieros.

La Ley Penal Tributaria

Ley Penal Tributaria (24/96) integra el Código Penal Argentino. En ésta ley se dispone que el Auditor que con su dictamen profesional coopere en la perpetración de ciertos delitos económicos de su cliente será pasible de sanción penal.

Los delitos tipificados son: - Evasión total o parcial de tributos mediante declaraciones falsas; - Dificultar la percepción ó fiscalización - No actuar como agente de retención - No depositar sumas retenidas - No inscribirse en los tributos -Aprovechamiento indebido de reintegros fiscales, recuperos de impuestos, desgravaciones, exenciones, diferimientos, devoluciones, etc.

Específicamente, el artículo 15 inciso “a” dispone: “el que Dictaminare, informare, diere fe, autorizare o certificare actos jurídicos, balances, estados contables o documentación para facilitar la comisión de los delitos previstos en esta ley será pasible, además de las penas correspondientes por su participación criminal en el hecho, de la pena de inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena” Esta legislación suele alcanzar –en gran medida- a la labor del auditor externo de estados financieros.

La Ley 25/00 de Encubrimiento y lavado de Activos de Origen Ilícito

Esta Ley dispuso la obligación de informar las denominadas “Operaciones sospechosas” a diversos actores de la economía, entre los cual incluyó a los Contadores.

El deber legal de informar que se instruyó a los Profesionales en Ciencias Económicas son uno de ellos implica una Penalidad por su incumplimiento. La penalidad originaria por el mero incumplimiento al deber de informar es de naturaleza pecuniaria. Sin embargo, pueden derivarse otras medidas represivas penales, según sea la participación del contador en los actos ilícitos de sus clientes, conforme se compruebe procesalmente en el Expediente Judicial en su etapa de instrucción.

Cabe destacar que no todos los contadores están sujetos al deber de informar que prescribe la Ley Nº 25. Los únicos contadores sujetos a ésta obligación son aquellos que se

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Modulo U1 2021

Asignatura: Auditoría I

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CONTADOR PÚBLICO
AUDITORIA 1
Material de Uso Exclusivo Auditoría 1 – Elaboró Prof Marcela A. Figueroa Página 1
ÍNDICE
UNIDAD 1
UNIDAD I – MARCO CONCEPTUAL Y NORMATIVO DE UDITORIA…………………………………………01
INTRODUCCIÓN………………………………………………………………………………............................ 03
1.1 ENTE ……………………………………………………………………………………………………………. 04
1.2 CONTROL ………………………………………………………………………………………….………..…. 05
1.3 AUDITORIA: ……………………………………………………………………………………………………. 14
1.4 NORMAS DE APLICACIÓN A LA PRACTICA DE LA AUDITORÍA………………………………………. 17
1.5 ENTIDADES PROFESIONALES……………..………………………………………………………………. 18
1.6 REGIMEN SANCIONATORIO………………………………………………………………………………… 20
1.7 NORMAS PROFESIONALES DE AUDITORÍA DE LA FACPCE: TIPOS DE NORMAS………………. 21
1.8 NORMAS DEL INSTITUTO DE AUDITORES INTERNOS DE ARGENTINA (I.A.I.A)…………………. 22
1.9 NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA…………………………………………………………. 23
1.10 MAPAS CONCEPTUALES DE LA UNID………………………………………………………………….
REFERENCIAS DE ÍCONOS
Actividad en el Foro.
Actividad de Reflexión no obligatoria.
Actividad Grupal.
Actividad Individual.
Trabajo Práctico Actividad Obligatoria. Debe ser enviada
para su evaluación.
Atención.
Audio
MÓDULO AUDITORIA 1

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