- Información
- Chat IA
PI Etapa 4 - Muy buenos apuntes
derecho romano (actividad 1)
Universidad del Valle de México
Recomendado para ti
Comentarios
Otros documentos relacionados
Vista previa del texto
ACTIVIDAD
PROYECTO INTEGRADOR ETAPA 4
Fecha://****
Nombre del estudiante:
Nombre del docente:
1. Con base en el contenido de la Sentencia de fraude de Poder Judicial Federal y los contenidos revisados hasta el momento, llena la tabla
especificando la siguiente información:
Ya que leíste la sentencia y repasaste los conceptos, identifica en los hechos la situación que ejemplifica el concepto que resulta más
aplicable y colócalo en la columna titulada Situación del caso en donde se identifica el concepto.
En la columna Definición redacta brevemente la definición teórica del concepto.
Para los conceptos que no se encuentren en el caso, colocar en la celda correspondiente NA (No Aplica).
Conducta Subclasificación concepto Definición
Culpabilidad NA
El agente del Ministerio P6blico Federal acusa a SUJETO A y SUJETO B, por su responsabilidad penal en la comisión del delito de fraude, previsto y sancionado por el artículo 386, fracción III, del Código. Elementos que se encuentran plenamente demostrados en esta causa penal, en el momento de realizarse el comportamiento antijurídico, al haber engañado a la empresa paraestatal ofendida
La culpabilidad, en Derecho penal, es el juicio de imputación personal, es decir, supone la reprochabilidad del hecho ya calificado como típico y antijurídico, fundada en el desacato del autor frente al Derecho por medio de su conducta, mediante la cual menoscaba la confianza general en la vigencia de las normas.
Elementos de la culpabilidad, con base en la teoría finalista de la acción La exigibilidad de una conducta conforme a la ley
Al respecto debe tomarse también en consideración que conforme las constancias que obran a fofas 64 y1066 del expediente original de la causa el tres de marzo de dos mil once, SUGETO B entrego a la agente del Ministerio Público de la Federación investigadora.
El sujeto ignora la existencia de la norma o bien cree no quedar, inmerso en ella calificando subjetivamente como ilícito su actuar, no obstante su carácter antijurídico.
La imputabilidad
C. Sujeto A, un día me dijo: que lo dejara recargar la leche de otro productor que no tenía contrato con Liconsa a mi nombre...
La imputabilidad del sujeto, es el primer elemento de la culpabilidad en la teoría finalista, o sea la capacidad de poder actuar de otra manera. La imputabilidad es un elemento de la culpabilidad, y no como piensa una importante corriente de penalistas causalistas, que se trata de un presupuesto. En el sistema finalista, el imputable si puede obrar dolosa o culposamente, y su obrar puede ser injusto, pero no culpable, por estar imposibilitado de poder actuar de otra manera. La posibilidad concreta de reconocer el carácter ilícito del hecho realizado
El activo A tenia conciencia que el acto realizado era Ilícito hacia el patrimonio de Liconsa.
Para que exista culpabilidad es necesario que el sujeto tenga conciencia y conocimiento de la antijuricidad del hecho; basta con que el autor tenga motivos suficientes para saber que el hecho cometido está jurídicamente prohibido y es contrario a las normas más elementales que rigen la convivencia. La conciencia (o
Conducta Subclasificación concepto Definición realidad él había sido víctima de Sujeto A pues este lo manipuló
Temor fundado (Inculpabilidad)
Temor fundado se denomina aquel bajo el cual actúa una persona que ha sido Conducta Clasificación Subclasificación Situación del caso en donde se identifica el concepto Justificación amenazada y que se siente en peligro de ser gravemente agredida, y que, debido a este temor, actúa en consecuencia para defenderse.
No exigibilidad de otra conducta y vis compulsiva
Aquellas situaciones en las que el sujeto, si bien no ha perdido totalmente la libertad de optar, ya que se puede seguir eligiendo entre la conducta antijurídica y la adecuada al mandato, se encuentra con que la opción de esta última lo enfrenta con la eventualidad de ver menoscabos sus propios bienes jurídicos. La no exigibilidad de la conducta se manifiesta, por medio de lo que se conoce como “Estado de necesidad” exculpante y obediencia debida.
Caso fortuito
N/A El caso fortuito es el escalón posterior a la fuerza mayor, que es aquel evento que no pudo ser previsto ni que, de haberlo sido, podría haberse evitado. La ley habitualmente les da un tratamiento similar, e incluso a veces confunde ambos casos, pero existen diferencias.
Mencionar 3 elementos que el juez puede establecer para la exigibilidad de otra conducta
Tipicidad Esta se presenta pues está sancionado el delito de robo y sus modalidades.
La tipicidad analiza si la conducta o el hecho realizado por el sujeto están previstos en la ley penal. Antijuricidad N/A La antijuricidad analiza si la conducta típica está permitida por el ordenamiento jurídico, esto porque lo antijurídico es aquello contrario a derecho, pero no todo lo típico es antijurídico. Culpabilidad Esto también se presenta en este caso, pues si bien todos los sujetos activos se encuentran
La culpabilidad analiza a la persona y su culpabilidad en la acción realizada; en tal sentido,
Conducta Subclasificación concepto Definición culpables, no a todos se les dará la misma pena, pues se debe determinar cuál fue su papel en el acto ilícito, así como la gravedad de cada uno.
se analiza la imputabilidad del delito a la persona, por ello el conocimiento del delito es necesario para establecer la culpabilidad: no comete delito aquella persona que no sabe que su conducta es típica y antijurídica.