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Art. 28 y 29 IHSS oiwfehiewh

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Materia

Administration I (ADE-0901)

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Año académico: 2017/2018
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Los Recursos económicos del Instituto, se componen por

  1. Las cotizaciones de patronos y trabajadores, y cotizaciones y contribuciones del Estado
  2. Las utilidades de las inversiones
  3. El producto de las multas y recargos establecidos en el reglamento
  4. Donaciones, herencias y legados a favor del Instituto
  5. Otros valores, bienes y recursos que se deriven de la aplicación del reglamento

Sin embargo, me gustaría profundizar en como se subdividen las cotizaciones que nos avalan el financiamiento de las enfermedades, accidentes comunes, maternidad, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Desde el 2015 se acordó entre trabajadores, sector privado y gobierno, el incremento a las aportaciones por un periodo de 10 años, ósea desde el 2015 hasta el 2024.

Los montos acordados, quedaron distribuidos de la siguiente manera,

En el régimen de seguro de atención a la salud, una contribución equivalente al 5% del empleador o patrono, y 2% el trabajador, más lo que el Estado como tal, efectuará una contribución equivalente al 2% del total de los salarios afectos a cotización, total que compone el 10% de los salarios afectos a cotización.

Ahora, tratándose del techo para financiar el régimen de prestaciones de las ramas de invalidez, vejez, y muerte, se distribuye de la siguiente manera,

El trabajador asegurado aportara una cotización personal equivalente al 1% de su salario, Los patronos aportan una cotización equivalente al 2% de los salarios de sus trabajadores afectos, y el Estado como tal, efectuará una contribución equivalente al 1% del total de los salarios afectos a cotización, total que compone el 4% de los salarios afectos a cotización.

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Materia: Administration I (ADE-0901)

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Los Recursos económicos del Instituto, se componen por
1. Las cotizaciones de patronos y trabajadores, y cotizaciones y contribuciones del Estado
2. Las utilidades de las inversiones
3. El producto de las multas y recargos establecidos en el reglamento
4. Donaciones, herencias y legados a favor del Instituto
5. Otros valores, bienes y recursos que se deriven de la aplicación del reglamento
Sin embargo, me gustaría profundizar en como se subdividen las cotizaciones que nos avalan el
financiamiento de las enfermedades, accidentes comunes, maternidad, accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales.
Desde el 2015 se acordó entre trabajadores, sector privado y gobierno, el incremento a las
aportaciones por un periodo de 10 años, ósea desde el 2015 hasta el 2024.
Los montos acordados, quedaron distribuidos de la siguiente manera,
En el régimen de seguro de atención a la salud, una contribución equivalente al 5% del
empleador o patrono, y 2.5% el trabajador, más lo que el Estado como tal, efectuará una
contribución equivalente al 2.5% del total de los salarios afectos a cotización, total que
compone el 10% de los salarios afectos a cotización.
Ahora, tratándose del techo para financiar el régimen de prestaciones de las ramas de
invalidez, vejez, y muerte, se distribuye de la siguiente manera,
El trabajador asegurado aportara una cotización personal equivalente al 1% de su salario, Los
patronos aportan una cotización equivalente al 2% de los salarios de sus trabajadores afectos, y
el Estado como tal, efectuará una contribución equivalente al 1% del total de los salarios
afectos a cotización, total que compone el 4% de los salarios afectos a cotización.